Declaración de la Renta 2020
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Condiciones de servicio
Para facilitar la confección y presentación de su declaración de Renta, ponemos a su disposición diversos servicios de ayuda. Según las rentas que haya percibido y sus circunstancias personales, podrá elegir entre diferentes niveles de servicio. Visítanos o llámanos para saber más.
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Novedades en la declaración de la Renta 2020
La campaña de la declaración de la Renta 2020 cuenta con las siguientes novedades respecto al ejercicio anterior:
- Los trabajadores sujetos a ERTE tienen obligación de declarar las prestaciones recibidas, siendo consideradas como rendimiento del trabajo y sujetas a su correspondiente gravamen. Solo existen dos supuestos en los que no es obligatorio presentar la declaración por este concepto: si los importes recibidos por los diferentes pagadores no superan los 1.500 euros y la suma total de los rendimientos de trabajo no supera los 22.000 euros; o si el importe percibido del segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros, pero la suma total de rendimientos del trabajo percibidos en el ejercicio no supera los 14.000 euros.
- En relación al Ingreso Mínimo Vital, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 33 del Real Decreto que lo aprueba, los perceptores de esta prestación deberán hacer la declaración de la renta en los ejercicios en los que esta se perciba.
- La prestación extraordinaria por cese de actividad de los autónomos también es considerada como rendimiento del trabajo, lo que implica que debe ser declarada.
- Sube en dos puntos la tributación en IRPF para las rentas de trabajo superiores a los 300.000 euros anuales.
- También se incrementa en tres puntos la tributación de las rentas de capital y de ahorro a partir de los 200.000 euros, que tributarán al 26%.
- Para el nuevo año fiscal (2021), se reduce de 8.000 euros a 2.000 euros el límite de aportaciones máximas a los planes de pensiones individuales, mientras que se eleva el límite conjunto de reducción (partícipe y empresa) de 8.000 a 10.000 euros en los planes de empresa. Del mismo modo, se reducen las aportaciones que puede hacer un cónyuge (hasta 1.000 euros al año) a un plan de pensiones individual y las de los seguros privados de dependencia (hasta 2.000 euros).
- Cabe destacar que, a partir de este año, los contribuyentes pueden obtener el borrador de la declaración de la renta a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración (Renta WEB).
