Al igual que las personas físicas pagan sus impuestos al realizar la declaración de la renta, las personas jurídicas deben abonar el Impuesto de Sociedades.

¿Qué es el Impuesto de Sociedades?

El Impuesto de Sociedades, también conocido por las siglas IS, es un gravamen que deben abonar las empresas y personas jurídicas. Este tributo se aplica a los beneficios obtenidos por las sociedades y entidades jurídicas residentes en territorio español, independientemente de su origen.

¿Quiénes tributan en el Impuesto de Sociedades?

El Impuesto de Sociedades lo tributan todas las personas jurídicas y sociedades; las más habituales son las sociedades mercantiles. Esto no quiere decir que las personas físicas que participan en una sociedad no deban hacer la declaración de la renta, son tributos distintos.

La Ley que regula el Impuesto de Sociedades

La ley encargada de regular el funcionamiento del Impuesto sobre Sociedades es la Ley 27/2014 del 27 de noviembre. Además, también está legislada por el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades aprobado por el Real Decreto 634/2015 del 10 de julio.

¿Cuándo se paga el IS?

Dependiendo de distintos conceptos, el Impuesto de Sociedades se paga en distintos plazos.

  • Las retenciones que pueden aplicarse en sociedades con rentas, por ejemplo dividiendo.
  • Los ingresos a cuenta cuando una sociedad cobra en especie. De estos, hay que pagar una cantidad como impuestos.
  • Los pagos fraccionados: realizados en la mayoría de los casos durante los primeros 20 días de los meses de abril, octubre y diciembre. Para su realización, se debe presentar un modelo, normalmente el modelo 202.
  • La declaración del impuesto, a través del modelo 200: se presenta los 25 días posteriores a los seis meses siguientes de finalizar el período impositivo. Por ejemplo, si coincide con la entrada de año, habrá que presentarlo antes del 25 de julio.

¿Cómo se contabiliza el Impuesto de Sociedades?

Para poder saber la cantidad a pagar del Impuesto de Sociedades, hay que calcular la base imponible; se suele partir del resultado contable. Aún así, sus normas detallan una serie de ajustes que hay que realizar para saber la cantidad exacta:

  • Gastos contables no deducibles
  • Gastos contables deducibles fiscalmente en un período posterior.
  • Límites que señalan una cuantía en la que un gasto contable puede ser deducible fiscalmente.
  • Ingresos o gastos contables que se cuantifican de manera distinta desde un punto de vista fiscal.
  • Ingresos que se declaran cuando se consigue el cobro, no cuando debe contabilizarse.

El Impuesto de Sociedades de 2018: Particularidades

El Ministerio de Hacienda anunció en 2018 una propuesta para modificar el Impuesto de Sociedades; con este cambio, su intención era que las empresas pagaran más por este tributo.

Para gestionarlo, la reforma pasa por la implantación de un tipo mínimo del 15% para los grandes negocios; esta cantidad se aplica al resultado contable final y es imposible de deducir. Anteriormente, las empresas podían tributar al tipo general del 25% y deducir el coste de sus beneficios al 12%.

Con esta modificación, se estimaba una recaudación de 4.000 millones de euros anuales más para las arcas del Estado.

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Alvaro Bonmatí Cea, socio del Área Fiscal